Últimamente hemos escuchado mucho estas siglas, sobre todo cuando hay algún problema referido al pago de deuda, normalmente emparentados con otro tema que ya tocamos anteriormente, el más conocido “riesgo país”.
Concretamente, los CDS o Credit Default Swaps (permutas por incumplimiento de crédito, en español) son instrumentos derivados que consisten en un seguro sobre el riesgo de default de una deuda. Mediante este instrumento, se realiza una permuta sobre el riesgo de default de un título de deuda siendo un tercero –distinto a quien emite la deuda y quien la compra– quien asegura el cumplimiento de dicha obligación, en caso que el emisor no pague.
Para aclarar esto, vamos a dar un ejemplo práctico y simplificado. Supongamos que el INVERSOR decide comprar bonos del EMISOR, que tiene una determinada calificación de deuda otorgada por una empresa calificadora de riesgo. Usualmente esa calificación de deuda no suele ser la mejor y por algún motivo determinado el INVERSOR pretende mejorarla, por ejemplo, por cuestiones crediticias, legales o regulatorias.
En este caso y para reducir el riesgo, el INVERSOR puede tomar un CDS sobre esa deuda, que normalmente ofrecen Compañías de Seguro internacionales, con mejor calificación de riesgo que el EMISOR. Esta Compañía de Seguro que ofrece los CDS obviamente cobra por estar asegurando el pago. A menor calificación de la deuda, mayor es el importe de la prima que abona el INVERSOR.
De este modo, el sistema está planteado en la teoría para que se beneficien todos los integrantes en esta operación:
* EMISOR: coloca la deuda en las condiciones pactadas.
* INVERSOR: compra la deuda y un CDS. Mejora unilateralmente la condición crediticia de la deuda, a cambio de resignar un porcentaje del interés que iba a cobrar originalmente.
* COMPAÑÍA DE SEGURO: cobra un porcentaje pactado con el inversor.
En la teoría el sistema es muy bueno pero veamos qué paso en la realidad. Fácilmente podemos pensar que si una Compañía de Seguro muy solvente y reconocida con la más alta calificación crediticia otorga estos seguros sobre deudas de baja calificación irresponsablemente, puede sufrir consecuencias no deseadas en caso que uno o varios de sus asegurados no paguen la deuda contraída. Esto generaría una crisis de confianza en el sistema de calificación de riesgo y lo que es peor, el inversor no podría cobrar su acreencia ni del deudor principal ni de la empresa aseguradora, haciendo que otros inversores se retiren de los mercados y los mismos se desplomen, amplificando los malos resultados. Esto fue lo ocurrido durante la llamada crisis sub-prime en Estados Unidos. En esa oportunidad el gobierno americano tuvo que salir al rescate de la mayor aseguradora del mundo, AIG, para intentar minimizar el impacto y no perjudicar a millones de inversores. Y podemos agregar que las consecuencias de la mencionada crisis todavía repercuten en el presente, lo cual nos da idea de lo delicado de estos casos.
Hablando de nuestro país, el valor de los CDS, ya de por sí alto en los últimos años, se incrementó considerablemente desde mitad del 2012, junto al del riesgo país, para luego estabilizarse, aunque ambos son de los más altos de la región y determinan en gran medida que Argentina permanezca fuera de los mercados internacionales ya que emitir deuda en esas condiciones sería carísimo.
De acuerdo a números publicados en este 2013, los valores de los CDS para Argentina a 10 años están ubicados en 1.100 puntos básicos o dicho de otra manera 11% (por cada 10 millones de deuda a cubrir, el costo es de 1,1 millones). Esto quiere decir que para asegurarse el cobro de la deuda argentna uno tiene que pagar el 11% del valor de esta deuda, con lo cual un inversor para comprar bonos argentinos pedirá un rendimiento superior a este valor, lo que nos deja claramente fuera de los mercados.
Para tomar como referencia, los valores de CDS a 10 años para otros países de la región son los siguientes: Brasil: 195 puntos (1,95%); Perú: 196 puntos (1,96%); Colombia: 183 puntos (1,83%). A continuación vemos un gráfico sobre la evolución de este indicador para diferentes países de Latinoamérica.
Fuente. Elaboración propia con datos del Ministerio de economía y Finanzas públicas (MECON)
Normalmente el riesgo país y el valor de los CDS se mueven en conjunto como dijimos al principio y dan una idea aproximada del riesgo que tienen los instrumentos de deudas. A mayor número (de cualquiera de los 2) aumenta el costo de tomar deuda, a través de una mayor tasa de interés.
Queremos reiterar que si bien son indicadores tomados internacionalmente como válidos, hay que tener precaución con su uso debido a que en los últimos tiempos ha crecido considerablemente el cuestionamiento a los mismos porque en algunos casos no han servido para predecir movimientos que arrastraron determinados mercados a una crisis.
Dejamos para el final una reflexión sobre la CALIFICADORA DE RIESGO que es quien otorga la nota a la deuda y “determina” en cierta medida el costo del seguro. Este último integrante de la cadena (y absolutamente necesario) tiene una participación decisiva, porque califica tanto al EMISOR como a las COMPAÑÍAS DE SEGUROS. Aunque no sea la misma empresa quien califique, se entiende que las calificaciones obtenidas son comparables, ya que usan una metodología standard en todo el mundo.
De este modo, podemos apreciar que las calificadoras de riesgos están, al final de toda la negociación, en ambas puntas. Califican al emisor y califican también a quién asegura esa deuda. Esto muchas veces generó dudas acerca de la independencia de criterio a la hora de calificar y también colocó a las calificadoras de riesgo en el centro de las críticas, cuando la crisis sub-prime golpeó al sistema. Pero ya habrá espacio en otro artículo para hablar sobre ellas.