Economía

¿Impuesto al viento?: el caso de Olavarría y el impacto de fallos de la Corte Suprema en tasas municipales

Olavarría aplicó una tasa a parques eólicos, reeditando el debate del "impuesto al viento". Decisiones de la Corte Suprema podrían limitar gravámenes municipales sobre diversos rubros.

Fuente original: Infobae Economía10 min de lecturaNeutral
¿Impuesto al viento?: el caso de Olavarría y el impacto de fallos de la Corte Suprema en tasas municipales
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Las claves de la nota

  • Tasa municipal de USD 700 a 850 por MW en Olavarría.
  • Recaudación anual estimada entre USD 360.000 y 380.000.
  • Exención a energías renovables hasta 2045 en debate.
  • Fallos de la Corte Suprema podrían limitar tasas municipales.

Resumen elaborado con inteligencia artificial a partir de la nota de Infobae Economía.

El municipio de Olavarría ha implementado una Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene (TISH) sobre parques eólicos, reviviendo la controversia del "impuesto al viento" que Puerto Madryn intentó aplicar en 2020. Aquella vez, la Justicia federal frenó la medida, considerada un impuesto encubierto. En Olavarría, tras una negociación, se acordó una tasa de USD 700 a 850 por MW de potencia instalada, variable por generador.

Esta medida municipal busca complementar los ingresos, dado el número de empleados y el costo del Concejo Deliberante. El proyecto original se benefició de la no aprobación de la prórroga del artículo 17 de la Ley 27.191, que eximía a las energías renovables de gravámenes hasta 2025. Si bien el Senado ha dictaminado a favor de una prórroga hasta 2045, la situación generó incertidumbre.

En Olavarría operan cuatro parques eólicos, que a partir de enero, con la puesta en marcha de un nuevo proyecto, generarían una recaudación estimada de entre USD 360.000 y 380.000 anuales. Este monto es significativamente menor a lo que se hubiera recaudado con la tasa original del 1,38% sobre la facturación. Las empresas, a pesar de la magnitud de sus inversiones y los desafíos logísticos, optaron por un acuerdo para asegurar estabilidad fiscal por 20 años.

El caso de Olavarría sienta un precedente importante para otras jurisdicciones y rubros. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de fallos recientes, podría delimitar la capacidad de los municipios para imponer gravámenes sobre actividades económicas específicas, como bancos y supermercados, que también son blanco frecuente de tasas municipales. La clave estará en la interpretación de la autonomía municipal frente a las regulaciones nacionales y la protección de la inversión.

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